Bancos De España Ya Pueden Solicitar Autorización Para Operar Con Bitcoin

octubre 22, 2021

Zeta Ruiz

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Zeta Ruiz es un escritor, reportero y conferencista con más de media década de experiencia en el sector de las criptomonedas, las finanzas y la tecnología blockchain. Es estudiante de Comunicación Social y se considera un maximalista cripto. Actualmente se desempeña como Editor de CoinGape en Español.
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España Bitcoin riesgos

A exactamente ocho días de que se publique el registro de los bancos y exchanges que operan con Bitcoin y criptomonedas en España, el Banco De España (BDE), banco central del país europeo, publicó finalmente este jueves los requisitos para inscribirse en el listado.

Según lo indica el BDE en su página oficial, los formularios, que los bancos y proveedores de servicios estaban solicitando desde hace semanas, ya están a disposición de todos los interesados.

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Una semana para llenar la solicitud

La banca de España aguardaba por el BDE para comenzar a consignar la documentación necesaria para registrarse en el listado de organizaciones que operan con bitcoin y criptomonedas.

A pesar de que el mandato de la normativa data de junio, no fue sino hasta el presente mes en que el BDE publicó los formularios. Según reporta el medio Criptonoticias, ese listado tiene que presentarse el próximo viernes 29 de octubre.

Para el momento, no existe información sobre que bancos y entidades financieras son solicitantes de dicha autorización.

¿Quién debe aplicar para esta solicitud?

El Banco aclara que le corresponde inscribir a las personas naturales y jurídicas que provean en España servicios de cambio de moneda virtual por moneda fiduciaria y servicios de custodia de monederos electrónicos.

Sobre las personas jurídicas, el BDE explica que tienen que presentar las solicitudes a través del registro electrónico y las personas físicas (o naturales) podrán hacer uso de cualquiera de las vías indicadas por el organismo, aunque, igualmente, recomiendan el método digital.

Algo que denotan es que cualquiera que sea la nacionalidad de estas personas, deberán formar parte del registro. En el caso de los naturales, es cuando la base, dirección o gestión de las actividades que tengan que ver con criptomonedas radique en España, «con independencia de la ubicación de los destinatarios del servicio».

Y sobre las jurídicas, tienen que ser las establecidas en ese país europeo y que presten esos servicios, igualmente, sin ser relevante la ubicación de los beneficiarios.

También resaltan que no importa que haya bancos u otros operadores que ya estén inscritos en registros administrativos del BDE o en otras autoridades que velan por el cumplimiento de ley contra el lavado de dinero: obligatoriamente tienen que inscribirse en este nuevo registro.

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