En Perú, las plataformas de criptomonedas tendrán la obligación de entregar información de sus usuarios a organismos a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) del país.
Gobierno de Perú exige datos de los clientes cripto
Autoridades gubernamentales de Perú anunciaron la emisión de un nuevo decreto legislativo que exige a los exchanges de criptomonedas suministrar datos de sus clientes al UIF con el propósito de combatir los hechos relacionados al lavado de activos y financiamiento de actos terroristas.
Por ello, los exchanges ahora pasan a la lista de entidades financieras que se ven en la tarea de dar explicación de las operaciones a la UIF de Perú, según indican en el medio DiarioBitcoin.
En ese sentido, la medida ordena que las plataformas implementen procesos de identificación de clientes (KYC, por sus siglas en inglés) para tener información de las personas que operan con criptomonedas, así como el cumplimiento de los dictámenes que señala la GAFI, por ejemplo, la regla de viaje.
En el decreto legislativo se pone en norma lo siguiente:
“Incorpórese como sujetos obligados a informar a la UIF-Perú, conforme a lo previsto en el numeral 3.3 del artículo 3 de la Ley N° 29038, a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) que comprenden cualquier persona física o jurídica, domiciliada o constituida en el país, que no esté cubierta en ninguna otra de las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) como sujetos obligados a informar a la UIF-Perú, conforme a lo previsto en el numeral 3.3 del artículo 3 de la Ley N° 29038, a los Proveedores de Servicios de Activos Virtuales (PSAV) que comprenden cualquier persona física o jurídica, domiciliada o constituida en el país, que no esté cubierta en ninguna otra de las Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI)”.
Plataformas deben cumplir la normativa ante la UIF
El gobierno de Perú señaló también que deberán acogerse a esta norma todas las entidades que realicen una o más de las siguientes actividades en nombre de personas físicas o jurídicas:
- Intercambio entre activos virtuales y monedas fiat o de curso legal;
- Intercambio entre una o más formas de activos virtuales;
- Transferencia de activos virtuales;
- Custodia y/o administración de activos virtuales o instrumentos que permitan el control sobre activos virtuales; y
- Participación y provisión de servicios financieros relacionados con la oferta de un emisor y/o venta de un activo virtual.
¿Una medida contra el lavado de dinero con criptomonedas?
De acuerdo a los informes, el objetivo que se tiene con esta medida es evitar que las actividades con criptomonedas se conviertan en un mecanismo para perpetrar hechos ilícitos de naturaleza financiera.
Esto debido a la popularidad y el reconocimiento que se le está otorgando al comercio con activos digitales tanto en Perú como en todo el mundo.
En una entrevista que realizó el medio Cointelegraph a Carlos Bernos, Country Manager de Buda.com para Perú, se reveló que aunque la norma entrará muy pronto en vigencia, la medida se estaba discutiendo desde 2021.
Además, considera que es una norma positiva ya que brinda “mayor institucionalidad” a las plataformas de criptomonedas de cara al sistema financiero de Perú.
Sin embargo, múltiples medios precisan que aún es necesario que la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) ofrezca más información al respecto para que cada exchanges de criptomonedas tenga en claro los procedimientos que deben realizar.